Seguros · Responsabilidad Civil

RC Médica (Malpraxis)

Para hospitales y médicos que hacen todo bien y aun así reciben una demanda.

Cubre la responsabilidad civil profesional de médicos, clínicas y hospitales, con defensa legal y acompañamiento ante CONAMED. Tú atiendes pacientes; nosotros atendemos la reclamación.

¿Qué es RC Médica?

Para el acto médico y para la reclamación que lo sigue.

Es el seguro de responsabilidad civil profesional para médicos, especialistas, clínicas y hospitales. Cubre la indemnización por daños que un paciente sufra a causa de un acto médico — diagnóstico, tratamiento, cirugía, prescripción — y la defensa legal desde que llega la queja, en CONAMED, ante un juez o ante el Ministerio Público. Se contrata por médico, por grupo o por institución, y se ajusta a la especialidad y a lo que los hospitales piden para otorgar privilegios.

La mayoría de las reclamaciones no terminan en condena. Todas empiezan con un abogado.

¿Qué incluye?

Coberturas básicas

Las cuatro con las que arranca toda póliza de responsabilidad civil médica en México.

Responsabilidad civil profesional médica

La indemnización por daños corporales, incluida la muerte, que un paciente sufra por un acto médico del asegurado: diagnóstico, tratamiento, cirugía, prescripción. La obligación de pagar existe cuando hay culpa; la póliza responde cuando la hay y defiende cuando no.

Defensa legal

Abogados especializados en responsabilidad médica, peritos, gastos del proceso y fianzas para enfrentar la reclamación en la vía civil, penal o administrativa. Es la cobertura que más se usa y la que más tranquiliza.

Conciliación ante CONAMED

Acompañamiento y gastos en la queja ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y las comisiones estatales, donde la mayoría de las reclamaciones en México empiezan y muchas terminan.

Daño moral

La indemnización por daño moral que un tribunal fije a favor del paciente o su familia, además del daño físico y económico. En México es una parte creciente de la condena.

¿Qué más puedes sumar?

Coberturas adicionales

Seis extensiones para hospitales, grupos médicos y la forma en que hoy se atiende.

RC del hospital o clínica

La responsabilidad de la institución por los actos de su personal médico, de enfermería y técnico, y por sus instalaciones y equipo.

Personal en formación

Residentes, internos y pasantes bajo supervisión, cubiertos dentro de la póliza del hospital o de la escuela de medicina.

Telemedicina

Consulta, diagnóstico y seguimiento a distancia, con la misma cobertura que la atención presencial.

Gastos de crisis y reputación

Asesoría en comunicación y manejo de crisis cuando una reclamación se vuelve pública.

Sanciones administrativas

Defensa ante procedimientos de COFEPRIS y autoridades sanitarias, y las sanciones que la ley permita asegurar.

Cobertura de buen samaritano

La atención de emergencia prestada fuera del consultorio o del hospital, sin relación contractual con el paciente.

¿Cómo opera una reclamación?

Cuatro pasos entre la queja y la resolución.

La póliza entra en el segundo. A partir de ahí, el médico atiende pacientes y el abogado atiende el caso.

  1. 01

    Queja o reclamación

    El paciente reclama al médico o al hospital, por escrito, ante CONAMED, ante un juez o ante el Ministerio Público.

  2. 02

    Aviso y defensa

    Reportas a la aseguradora y desde ese momento un abogado especializado lleva el caso. No respondes nada sin él.

  3. 03

    Conciliación

    En CONAMED o directamente, se busca un acuerdo con el paciente. La póliza paga la indemnización acordada y los gastos.

  4. 04

    Juicio o arbitraje

    Si no hay acuerdo, la defensa continúa en la vía civil, penal o arbitral, con peritos médicos y la indemnización que fije la resolución.

¿Qué puedes ajustar?

Opciones de contratación

Seis decisiones que definen la póliza según la práctica, la especialidad y la institución.

  1. 01

    Por médico, por grupo o por institución

    Póliza individual para el médico, colectiva para un grupo o sociedad médica, o institucional para el hospital con su personal. Los colegios y asociaciones pueden armar programas para sus miembros.

  2. 02

    Especialidad y actividad

    La prima y las condiciones dependen de la especialidad — cirugía, anestesiología, ginecobstetricia, medicina general — y de si se practica cirugía o no. Se declara, no se adivina.

  3. 03

    Retroactividad y periodo extendido

    Cobertura para actos médicos anteriores a la vigencia y un plazo adicional para reportar reclamaciones al retirarse o cambiar de aseguradora.

  4. 04

    Límites

    Suma por reclamación y agregada anual, definidas con el tipo de práctica y con lo que los hospitales exigen para otorgar privilegios.

  5. 05

    Deducible

    Fijo por reclamación, aplicable a la indemnización. La defensa suele cubrirse desde el primer peso.

  6. 06

    Territorio

    Práctica en México y, cuando aplica, atención a pacientes extranjeros con reclamación en su país de origen.