Fiado
Tú: la parte en el juicio a la que el juez le pide garantizar una obligación. Contratas la fianza con un obligado solidario.

Fianzas · Judiciales
No Penales
Garantiza las obligaciones que un juez civil, familiar, mercantil o de amparo te impone durante un juicio: pensiones alimenticias, manejo de albacea, suspensión del acto reclamado, daños por medidas cautelares. Se emite en horas, porque el plazo judicial no espera.
¿Qué es la Fianza Judicial No Penal?
Es la fianza que garantiza las obligaciones que una autoridad judicial no penal te impone durante un procedimiento: el pago de una pensión alimenticia, el manejo de bienes como albacea o tutor, la suspensión del acto reclamado en un amparo, los daños y perjuicios que una medida cautelar pueda causar, el cumplimiento de un contrato de arrendamiento en litigio. En lugar de depositar efectivo o dejar un bien embargado, presentas la fianza y la afianzadora responde ante el juzgado. Se emite en horas, con el texto que el juez exige.
Cada juzgado tiene sus requisitos de forma. Revisamos el acuerdo antes de emitir para que la fianza se acepte a la primera.
El plazo judicial corre en días hábiles. La fianza se emite en horas, de los otros también.
¿Quién participa?
Una fianza es un contrato entre tres: el que debe cumplir, el que garantiza y el que se beneficia si no se cumple. Nosotros trabajamos para el primero y respondemos ante el tercero.
Tú: la parte en el juicio a la que el juez le pide garantizar una obligación. Contratas la fianza con un obligado solidario.
Emite la fianza, responde ante el beneficiario si el fiado no cumple y después recupera del fiado. Nosotros la elegimos y negociamos por ti.
El juzgado o la contraparte a cuyo favor se constituye la garantía, y que puede reclamarla si no cumples.
¿Qué garantiza?
Las obligaciones más frecuentes que un juzgado civil, familiar, mercantil o de amparo pide garantizar.

El pago de la pensión fijada por el juez de lo familiar, cuando exige garantía del deudor alimentario.

El correcto manejo de los bienes de una sucesión, de un menor o de un depósito judicial.

Los daños y perjuicios que la suspensión del acto reclamado pueda causar a un tercero, cuando el juez de amparo la condiciona a garantía.

Los daños de un embargo precautorio o una providencia, y las rentas y la desocupación en juicios de arrendamiento.
¿Para quién es?
Seis situaciones donde el juez pide garantía y el efectivo no es la mejor opción.
Pensiones, sucesiones, tutelas y divorcios con obligaciones económicas garantizadas.
Suspensión de multas, clausuras y actos de autoridad mientras el juicio se resuelve.
Embargos precautorios, levantamiento de embargos y providencias en cobros y contratos.
Garantía de rentas y de desocupación en controversias de arrendamiento.
Los que necesitan la fianza para sus clientes el mismo día en que el juez la pide.
Quienes administran bienes ajenos por encargo judicial.
¿Cómo se contrata?
El juzgado no espera. El expediente se arma en lo que la autoridad tarda en firmar el acuerdo.
Nos contactas con los datos del expediente, el juzgado y el monto que fijó la autoridad. A cualquier hora.
Identificación, comprobantes y la información del obligado solidario. Lo mínimo que la afianzadora necesita para responder ante el juez.
La póliza de fianza se emite con el texto que el juzgado exige y se presenta ante la autoridad, en horas.
Mientras dure el proceso o hasta que el juez la sustituya o la cancele. Los cambios de monto se documentan con endosos.
Al concluir el procedimiento, el juzgado ordena la cancelación y las contragarantías se liberan.
¿Qué puedes ajustar?
Seis decisiones que definen el monto, la vigencia y lo que la afianzadora te va a pedir a cambio.
El que fija la autoridad en el acuerdo o la resolución. La fianza se emite exactamente por esa cantidad.
Mientras dure el procedimiento o hasta que la autoridad la cancele o sustituya. Los cambios de monto se documentan por endoso.
Obligado solidario con solvencia comprobada, y en montos altos, garantía real. Lo resolvemos con quien acompaña al fiado.
Expediente exprés y emisión el mismo día cuando el plazo judicial corre. Es el ramo donde más importa contestar el teléfono.
La fianza sale con la redacción que la autoridad exige y se presenta en el expediente con los requisitos del juzgado.
Cuando la autoridad acepta cambiar un depósito en efectivo o un embargo por fianza, gestionamos la sustitución para liberar el dinero.
¿Con qué se combina?