Bonds · Judicial

Non-Criminal

A judge asks for a guarantee. And won't take your word for it.

It guarantees the obligations a civil, family, commercial or amparo judge imposes on you during a lawsuit: alimony, estate administration, stay of the contested act, damages from precautionary measures. Issued in hours, because court deadlines don't wait.

¿Qué es la Fianza Judicial No Penal?

La garantía que un juez civil, familiar o de amparo te pide.

Es la fianza que garantiza las obligaciones que una autoridad judicial no penal te impone durante un procedimiento: el pago de una pensión alimenticia, el manejo de bienes como albacea o tutor, la suspensión del acto reclamado en un amparo, los daños y perjuicios que una medida cautelar pueda causar, el cumplimiento de un contrato de arrendamiento en litigio. En lugar de depositar efectivo o dejar un bien embargado, presentas la fianza y la afianzadora responde ante el juzgado. Se emite en horas, con el texto que el juez exige.

Cada juzgado tiene sus requisitos de forma. Revisamos el acuerdo antes de emitir para que la fianza se acepte a la primera.

El plazo judicial corre en días hábiles. La fianza se emite en horas, de los otros también.

¿Quién participa?

Tres partes, un solo contrato.

Una fianza es un contrato entre tres: el que debe cumplir, el que garantiza y el que se beneficia si no se cumple. Nosotros trabajamos para el primero y respondemos ante el tercero.

  1. 01

    Fiado

    Tú: la parte en el juicio a la que el juez le pide garantizar una obligación. Contratas la fianza con un obligado solidario.

  2. 02

    Afianzadora

    Emite la fianza, responde ante el beneficiario si el fiado no cumple y después recupera del fiado. Nosotros la elegimos y negociamos por ti.

  3. 03

    Beneficiario

    El juzgado o la contraparte a cuyo favor se constituye la garantía, y que puede reclamarla si no cumples.

¿Qué garantiza?

Cuatro garantías ante un juez.

Las obligaciones más frecuentes que un juzgado civil, familiar, mercantil o de amparo pide garantizar.

Pensión alimenticia

El pago de la pensión fijada por el juez de lo familiar, cuando exige garantía del deudor alimentario.

Albaceas, tutores y depositarios

El correcto manejo de los bienes de una sucesión, de un menor o de un depósito judicial.

Suspensión en amparo

Los daños y perjuicios que la suspensión del acto reclamado pueda causar a un tercero, cuando el juez de amparo la condiciona a garantía.

Medidas cautelares y arrendamiento

Los daños de un embargo precautorio o una providencia, y las rentas y la desocupación en juicios de arrendamiento.

¿Para quién es?

Para quien litiga.

Seis situaciones donde el juez pide garantía y el efectivo no es la mejor opción.

  1. 01

    Personas en juicios familiares

    Pensiones, sucesiones, tutelas y divorcios con obligaciones económicas garantizadas.

  2. 02

    Empresas en amparo

    Suspensión de multas, clausuras y actos de autoridad mientras el juicio se resuelve.

  3. 03

    Partes en juicios mercantiles

    Embargos precautorios, levantamiento de embargos y providencias en cobros y contratos.

  4. 04

    Arrendadores y arrendatarios

    Garantía de rentas y de desocupación en controversias de arrendamiento.

  5. 05

    Despachos de abogados

    Los que necesitan la fianza para sus clientes el mismo día en que el juez la pide.

  6. 06

    Albaceas y administradores

    Quienes administran bienes ajenos por encargo judicial.

¿Cómo se contrata?

Cinco pasos entre la llamada y la cancelación.

El juzgado no espera. El expediente se arma en lo que la autoridad tarda en firmar el acuerdo.

  1. 01

    Llamada

    Nos contactas con los datos del expediente, el juzgado y el monto que fijó la autoridad. A cualquier hora.

  2. 02

    Expediente exprés

    Identificación, comprobantes y la información del obligado solidario. Lo mínimo que la afianzadora necesita para responder ante el juez.

  3. 03

    Emisión

    La póliza de fianza se emite con el texto que el juzgado exige y se presenta ante la autoridad, en horas.

  4. 04

    Vigencia

    Mientras dure el proceso o hasta que el juez la sustituya o la cancele. Los cambios de monto se documentan con endosos.

  5. 05

    Cancelación

    Al concluir el procedimiento, el juzgado ordena la cancelación y las contragarantías se liberan.

¿Qué puedes ajustar?

Opciones de contratación

Seis decisiones que definen el monto, la vigencia y lo que la afianzadora te va a pedir a cambio.

  1. 01

    Monto

    El que fija la autoridad en el acuerdo o la resolución. La fianza se emite exactamente por esa cantidad.

  2. 02

    Vigencia

    Mientras dure el procedimiento o hasta que la autoridad la cancele o sustituya. Los cambios de monto se documentan por endoso.

  3. 03

    Contragarantías

    Obligado solidario con solvencia comprobada, y en montos altos, garantía real. Lo resolvemos con quien acompaña al fiado.

  4. 04

    Urgencia

    Expediente exprés y emisión el mismo día cuando el plazo judicial corre. Es el ramo donde más importa contestar el teléfono.

  5. 05

    Texto del juzgado

    La fianza sale con la redacción que la autoridad exige y se presenta en el expediente con los requisitos del juzgado.

  6. 06

    Sustitución de garantía

    Cuando la autoridad acepta cambiar un depósito en efectivo o un embargo por fianza, gestionamos la sustitución para liberar el dinero.